Clasificación de tuberías más utilizada en el sector petrolero
24 de abril de 2026
Por Jeison Ruiz
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Para efectos de #aprendizaje, tomamos como referencia los tubos bajo norma API 5CT, utilizados principalmente en operaciones de casing y tubing en la industria de petróleo y gas. La correcta clasificación arancelaria de estos productos parte de un principio esencial: responder tres preguntas clave ¿qué es?, ¿de qué está hecho? y ¿para qué sirve?. Este enfoque, ampliamente aplicado en comercio exterior, permite estructurar el análisis técnico del producto y evitar errores que puedan generar contingencias ante la autoridad aduanera.
Desde el punto de vista arancelario, estos productos se analizan dentro del Decreto 1881 de 2021, específicamente en la Sección XV – Metales comunes y manufacturas de estos metales, considerando las definiciones de “tubos” y las características del Capítulo 72 (fundición, hierro y acero). Es fundamental entender que un tubo se define como un producto hueco, de sección transversal constante y con múltiples posibles formas (circular, ovalada, rectangular, etc.), que puede presentar diferentes acabados como roscado, curvado o revestido. Adicionalmente, la clasificación depende del tipo de acero (al carbono, inoxidable o aleado), determinado por su composición química.
Para determinar la subpartida correcta, es indispensable cumplir con las descripciones mínimas establecidas en la Resolución 57 de 2015, las cuales incluyen información como composición química, dimensiones (diámetro, espesor, longitud), proceso de fabricación (laminado, soldado, extruido), forma de la sección, tipo de tubo, norma técnica (API 5CT, API 5L), grado (J55, N80, P110, entre otros) y uso específico. A esto se suma el conocimiento técnico del producto, incluyendo tipos de conexión (BTC, EUE, Premium), rangos de tamaño, longitudes (R1, R2, R3) y características de rosca, lo cual permite diferenciar adecuadamente cada tipo de tubería.
Finalmente, los tubos de entubación (casing), producción (tubing) y pup joints, no inoxidables y sin costura (seamless), utilizados en pozos de petróleo y gas, se clasifican en Colombia en la subpartida 7304.29.00.00. Es importante considerar que su importación requiere declaración anticipada mínima de cinco días, y que, en el caso de productos originarios de China, pueden estar sujetos a medidas antidumping basadas en precios FOB de referencia. En conclusión, una correcta clasificación depende de integrar conocimiento arancelario, técnico y normativo, lo que permite reducir riesgos, optimizar procesos y garantizar cumplimiento ante la DIAN.
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