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CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LOS SISTEMAS DE TORREFACCIÓN DE CAFÉ EN COLOMBIA: CRITERIOS TÉCNICOS Y ANTECEDENTES DE LA DIAN

11 de octubre de 2026 Por Jeison Ruiz
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LOS SISTEMAS DE TORREFACCIÓN Y SU IMPORTANCIA EN LA INDUSTRIA CAFETERA

Los sistemas de torrefacción de café son máquinas e instalaciones industriales diseñadas para someter el café verde a un tratamiento térmico controlado, mediante el cual se producen transformaciones físicas y químicas que permiten desarrollar las características de aroma, sabor, color y textura propias del café tostado.

Durante este proceso, los granos son expuestos a temperaturas elevadas bajo condiciones controladas de tiempo, transferencia de calor y circulación de aire. Los equipos pueden operar mediante diferentes tecnologías de calentamiento y contar con dispositivos de alimentación, cámaras de tostión, sistemas de control de temperatura, mecanismos de descarga y equipos de enfriamiento.

Desde el punto de vista arancelario, estos sistemas presentan particularidades importantes, especialmente cuando se comercializan como instalaciones integradas por diferentes máquinas y aparatos. En estos casos, resulta indispensable determinar si corresponden a una máquina individual, una máquina compuesta, una unidad funcional o una línea industrial conformada por equipos independientes.

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LOS EQUIPOS DE TORREFACCIÓN

En Colombia, los aparatos industriales de torrefacción se encuentran contemplados en la **subpartida arancelaria 8419.89.92.00**, perteneciente a la Sección XVI, Capítulo 84 del Arancel de Aduanas.

La partida 84.19 comprende aparatos, dispositivos o equipos destinados al tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen cambios de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, destilación, esterilización, secado, evaporación, condensación o enfriamiento, entre otras operaciones.

Dentro de esta partida, la subpartida 8419.89.92.00 identifica específicamente los demás aparatos de torrefacción, en los que se pueden encontrar comprendidas las máquinas industriales destinadas al tostado de café verde.

La clasificación responde principalmente a la función técnica del equipo, consistente en someter el producto a un tratamiento térmico de torrefacción, independientemente de su capacidad de producción, tecnología de calentamiento o configuración industrial.

FUNDAMENTO LEGAL Y REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

La clasificación arancelaria de los aparatos de torrefacción se fundamenta en las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, así como en las Notas Legales y Notas Explicativas correspondientes a la Sección XVI y al Capítulo 84.

La Regla General Interpretativa 1 establece que la clasificación se determina legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo. En consecuencia, resulta fundamental identificar la función efectiva de los equipos y establecer si el tratamiento térmico desarrollado corresponde a una operación de torrefacción.

Por su parte, la Regla General Interpretativa 6 permite determinar la subpartida aplicable, considerando los textos de las subpartidas y las notas correspondientes.

Cuando la instalación está conformada por diferentes máquinas y aparatos, también deben evaluarse las disposiciones de las Notas 3 y 4 de la Sección XVI, relacionadas con las máquinas compuestas y las unidades funcionales, respectivamente.

DIFERENCIAS ENTRE MÁQUINAS COMPUESTAS Y UNIDADES FUNCIONALES

Uno de los aspectos más relevantes en la clasificación de instalaciones de torrefacción consiste en determinar si los equipos constituyen una máquina compuesta, una unidad funcional o una línea industrial integrada por máquinas independientes.

La Nota 3 de la Sección XVI establece que las combinaciones de máquinas de diferentes clases destinadas a funcionar conjuntamente y que formen un solo cuerpo se clasifican, salvo disposición en contrario, según la función principal que caracterice al conjunto.

Para su aplicación, resulta especialmente importante verificar si los equipos están montados o diseñados para instalarse permanentemente sobre un mismo basamento, bastidor, armazón, plataforma o estructura común, como ocurre con determinadas máquinas industriales suministradas sobre un skid.

Por su parte, la Nota 4 de la Sección XVI contempla las máquinas o combinaciones de máquinas constituidas por elementos individualizados que realizan conjuntamente una función netamente definida comprendida en una partida de los capítulos 84 u 85.

En este último caso, los equipos pueden encontrarse físicamente separados y conectados mediante tuberías, cables eléctricos, dispositivos de transmisión u otros mecanismos, siempre que se demuestre su integración funcional.

Por consiguiente, **no toda línea de tostado de café constituye automáticamente una unidad funcional**, aunque sus equipos estén interconectados y participen en un mismo proceso productivo.

IMPORTANCIA DEL MONTAJE SOBRE BASAMENTO, SKID O ESTRUCTURA COMÚN

En el análisis de sistemas industriales de torrefacción, debe prestarse especial atención a la presentación física y configuración de los equipos, particularmente cuando se importan desmontados para su posterior instalación.

Es necesario establecer si las máquinas están diseñadas para ensamblarse permanentemente sobre una estructura común, formando un solo cuerpo, o si corresponden a equipos independientes que serán distribuidos en diferentes áreas de una planta industrial.

Esta diferenciación resulta relevante para evaluar la aplicación de la Nota 3 de la Sección XVI, puesto que la instalación de varias máquinas sobre el suelo o sobre cimentaciones individuales no implica necesariamente que constituyan una máquina compuesta.

Asimismo, debe verificarse si la instalación comprende exclusivamente los elementos necesarios para la función de torrefacción o si incorpora máquinas destinadas a desarrollar operaciones independientes, como clasificación, molienda, empaque, almacenamiento o transporte del café.

La simple conexión entre estas operaciones no permite concluir que todos los equipos deban clasificarse conjuntamente bajo la subpartida 8419.89.92.00.

ANTECEDENTES DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA EMITIDOS POR LA DIAN

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha expedido diferentes resoluciones relacionadas con la clasificación de máquinas y sistemas industriales de torrefacción de café, cuyos antecedentes se encuentran asociados a la subpartida 8419.89.92.00.

Entre ellos se encuentra la **Resolución 6470 de 2015**, correspondiente al equipo denominado *Tostador de café Neptune 1500*, identificado como un aparato de torrefacción.

Posteriormente, mediante la **Resolución 9392 de 2019**, se abordó la clasificación de un sistema de tostado de café verde, comprendido entre los demás aparatos de torrefacción.

La **Resolución 2023003980600266 de 2023** correspondió a un sistema de tostado destinado al tratamiento térmico de café verde mediante cambios de temperatura, mientras que la **Resolución 2024003980600272 de 2024** se relacionó con una instalación denominada *Unidad funcional para tostado de café verde*.

Asimismo, la **Resolución 2024003980600618 de 2024** se refirió a la denominada *Unidad funcional tostadora de café G75*, descrita como una combinación de máquinas y aparatos de torrefacción.

Finalmente, la **Resolución 2025003980600385 de 2025** correspondió a una tostadora de café constituida por un conjunto de máquinas y aparatos de torrefacción.

Estos antecedentes evidencian la existencia de diferentes configuraciones técnicas de equipos destinados al tostado de café, desde tostadoras individuales hasta instalaciones integradas por múltiples componentes.

No obstante, la denominación comercial de una instalación como sistema, conjunto o unidad funcional no sustituye el análisis de sus características técnicas ni determina por sí sola la aplicación de las Notas 3 o 4 de la Sección XVI.

CRITERIOS TÉCNICOS PARA LA CLASIFICACIÓN DE LOS SISTEMAS DE TOSTADO

Para determinar la clasificación arancelaria de un sistema de torrefacción, resulta necesario identificar el principio de funcionamiento, la tecnología de calentamiento, las etapas del proceso y la participación de cada equipo en el tratamiento térmico del café.

Una instalación puede comprender dispositivos de alimentación de café verde, cámaras de tostión, quemadores, ventiladores, sensores de temperatura, sistemas de control, equipos de enfriamiento y mecanismos de descarga.

Sin embargo, debe verificarse si estos componentes constituyen partes de una misma máquina, una combinación de máquinas con función principal de torrefacción o elementos individualizados que desarrollan conjuntamente una función netamente definida.

También deben identificarse aquellos equipos que cumplen funciones independientes, como sistemas de limpieza, clasificación, almacenamiento, molienda y empaque, cuya incorporación al conjunto requiere una evaluación arancelaria particular.

Para sustentar técnicamente la clasificación, es recomendable disponer de planos generales, diagramas de proceso, fichas técnicas, listados de componentes, descripción de las operaciones y planos de montaje que permitan identificar la configuración real de la instalación.

CONCLUSIONES

Los antecedentes de clasificación arancelaria emitidos por la DIAN entre 2015 y 2025 reflejan la utilización de la **subpartida 8419.89.92.00** para diferentes máquinas y sistemas industriales destinados a la torrefacción de café.

La clasificación de estas mercancías debe sustentarse en su función técnica, las operaciones desarrolladas y la configuración constructiva del conjunto, considerando las disposiciones de las Reglas Generales Interpretativas y las Notas Legales de la Sección XVI.

Es especialmente importante diferenciar las máquinas compuestas de las unidades funcionales, verificando si los equipos forman un solo cuerpo mediante su montaje permanente sobre una estructura común o si, aun encontrándose separados, desarrollan conjuntamente una función netamente definida.

En consecuencia, **no todas las líneas industriales de tostado pueden clasificarse automáticamente como unidades funcionales**, y tampoco todos sus componentes deben necesariamente incluirse en una única subpartida arancelaria.

La revisión de las características técnicas, los planos de montaje, las funciones individuales de los equipos y los antecedentes oficiales de la DIAN permite establecer una clasificación debidamente sustentada y reducir los riesgos asociados a la incorrecta identificación arancelaria de instalaciones industriales.

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